Día: 16 de octubre de 2014

Objeción de conciencia no puede limitar derechos de las mujeres

Las organizaciones abajo firmantes, ante el fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que da respuesta al planteo de un grupo de médicos/as ginecólogos/as del Sistema Nacional Integrado de Salud:

Recalcamos que los procedimientos garantizados por las Leyes de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo continúan plenamente vigentes y no generan un grave perjuicio a la libertad de conciencia del personal de salud. Todos los servicios creados por estas leyes deben, por tanto, estar disponibles en las instituciones de salud del territorio nacional.

Exigimos que estos servicios sean accesibles y brindados en tiempo y forma para todas las mujeres que así lo requieran.