Mes: enero 2013

Sobre la declaración de Mujica de jubilar a las mujeres con más de tres hijos

Una vez más el presidente se equivoca sobre la condición de la mujer en la sociedad. En su discurso durante el cierre de la Cumbre de la CELAC (Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños), en Chile, el mandatario uruguayo volvió a mostrar su pensamiento machista que entiende que la mujer debe estar en su casa, dedicada integralmente a los hijos.   

“La enseñanza empieza en el útero (…). Nunca se nos ocurrió jubilar a la mujer que tiene tres, cuatro hijos y atiende a tres, cuatro hijos y resaltarlo como la cosa más importante que hay arriba del planeta: la enorme función de ser madre y de estar comprometida con eso”, dijo Mujica a sus pares latinoamericanos.

Declaración del FA sobre la implementación de la ley 18.987

El documento aprobado durante reunión de la Unidad Temática de los Derechos de las Ciudadanas del Frente Amplio (FA) respalda la implementación de la Ley 18.987, de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), pero reconoce la necesidad de profundizarse en la capacitación de los equipos. Entre los puntos mencionados, el FA llama atención para el problema de la objeción de conciencia.

MUESTRA GRÁFICA: “Barriendo la invisibilidad: las trabajadoras domésticas en Uruguay”

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Mujeres, mujeres, mujeres. La ocupación del trabajo doméstico se ejerce ampliamente por mujeres en Uruguay. Es la ocupación que concentra más cantidad de mujeres en el país. Cerca de una de cada 5 mujeres ocupadas se desempeña en el servicio doméstico.Una ocupación de larga data que se integra en el espacio doméstico, privado, y suelen ser más las empleadoras que los patrones. Muchas veces considerado asuntos de mujeres para garantizar las actividades de reproducción de la vida cotidiana de distintos sectores de la sociedad.
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Esta vez, un grupo de universitarios nos acercamos a compartir un trabajo realizado con ellas sobre su propia organización político -sindical, sus expectativas, sus limitaciones, su ser mujeres y ser trabajadoras. La muestra gráfica es parte de un trabajo de sistematización del proceso de trabajo de investigación y extensión realizado con integrantes del sindicato y trabajadoras domésticas inquietas, audaces y ávidas de mejorar sus condiciones y las de sus familias.

“Las mujeres indígenas tienen las leyes a su favor, pero sigue el acoso político”

Las bases legales de derechos y acceso a oportunidades ayudaron a emerger un fortalecido liderazgo de las mujeres indígenas de Bolivia, pero aún queda un largo trecho para su aplicación práctica y la eliminación del frecuente acoso político masculino, coinciden analistas y activistas.

Una indígena aymara durante una manifestación en La Paz a favor de los derechos políticos de las mujeres (Franz Chávez /IPS)La Constitución Política del Estado, promulgada en febrero de 2009, incluyó un total de 26 artículos a favor de las mujeres y concedió derechos civiles, de género, equidad social, e igualdad de condiciones con los varones.  Un estudio gubernamental presentado en julio de aquel año, señaló que “del 60 por ciento de la población que se encuentra en la extrema pobreza, 37,7 por ciento son indígenas y mujeres”.  Los datos del censo realizado en octubre de 2012 aún están en proceso, pero en el de 2001, más de 60 por ciento de la población declaró su pertenencia a un pueblo originario, en un país que en 2010 tenía 10,4 millones de personas según proyecciones oficiales, 50,1 por ciento del total, mujeres.

Conveniencias e inconvenientes en el referendum contra la ley de despenalización del aborto

Entrevista de Radiocero y Montecarlo a Oscar Bottinelli, director general de la Revista de Análisis Político, Opinión Pública y Estudios Sociales – Factum.

Un grupo de ciudadanos contrarios a la ley ha iniciado los procedimientos para interponer el recurso de referendum mediante el mecanismo conocido como de “vía rápida” […] la máquina ya entró a rodar, y cada paso que los promotores no logren, la ley queda ratificada. No solo en lo jurídico, sino en lo político. Este es el riesgo cuando se pone en marcha el camino de la democracia directa, el camino de los referendos y plebiscitos.

PNUD divulga diagnóstico de participación política y liderazgo de mujeres indígenas en América Latina

La serie contiene un diagnóstico sobre la situación de la participación política de las mujeres indígenas en cinco países de América Latina: Bolivia, Ecuador, Guatemala, Nicaragua y Perú. El estudio presenta una introducción en donde trata la metodología que las investigadoras utilizaron para recopilar datos duros y las experiencias de las propias mujeres indígenas. Desprendiéndose […]

Los Derechos Humanos y la Objeción de conciencia a la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

Algunos ginecólogos/as han manifestado su objeción de conciencia para practicar los actos médicos de interrupción voluntaria del embarazo establecidos por Ley Nº 18.987, según lo difundido por varios medios de comunicación.

La noticia nos preocupa porque se está dificultando el ejercicio de un derecho legalmente reconocido a las mujeres y a sus parejas. La objeción de conciencia es una decisión individual (de aquellos que están directamente involucrados en la práctica) respecto de un procedimiento de salud, que toma un doctor/a para dejar de realizar un acto médico legalmente aprobado, aduciendo la trasgresión que dicho acto hace a su libertad de conciencia, pensamiento o religión.

Tratándose de la protección de un derecho que afecta la esfera íntima de la persona, sólo puede ser invocado de manera individual, fundada y por escrito. No puede invocarse de manera institucional o colectiva, ni por la vía de derecho, ni por la vía de los hechos.

La objeción de conciencia es salvaguardia de las convicciones más íntimas de las personas, pero, en cuanto repercute en terceros, y puede violentar los derechos de estos a la vida, la salud, la dignidad, a la igualdad y la no discriminación, al acceso a los avances de la ciencia y la tecnología y al derecho a no recibir tratos crueles humillantes o degradantes; en modo alguno puede convertirse en una herramienta que los obstaculice, anule, dilate o retroceda derechos constitucional y legalmente protegidos.

Colegio Médico: objeción de conciencia no debe “lesionar” los derechos de la mujer

El Colegio Médico del Uruguay (CMU) se pronunció respecto de las objeciones de conciencia presentadas por ginecólogos de todo el país al procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo garantizado en la ley aprobada en 2012. En una declaración emitida ayer, el CMU señala que la objeción de conciencia es “un derecho humano fundamental cuya plena vigencia expresa la salud democrática de un país”. No obstante, advierte que el ejercicio de este derecho no debe “lesionar otros derechos humanos fundamentales, para el caso, los correspondientes a la mujer gestante que ha solicitado la interrupción de su embarazo”. “Ante la presentación de objeción de conciencia por determinado profesional, la paciente tiene el derecho de llevar adelante su decisión y el sistema la obligación de asegurárselo”, afirma la institución que comenzó a funcionar en 2012.