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La
Equidad de Género en el Estado
Mecanismos
estatales para el avance de las mujeres en el Uruguay
Niki Johnson
Politóloga
En Uruguay
existen tanto a nivel del gobierno nacional como dentro del gobierno departamental
de Montevideo (Intendencia Municipal de Montevideo, IMM) mecanis-mos estatales
para el avance de las mujeres, el primero creado en 1987 y el segundo
en 1991. En este artículo se pretende brindar una breve introducción
de estos organismos, abarcando una descripción del proceso de creación
de cada uno, la(s) estructura(s) internas que han tenido, incluyendo su
ubicación dentro de la estructura respectiva del estado, y una
evaluación gene-ral acerca del grado de institucionalidad de género
que ha alcanzado la existencia de estos organismos.
El
Instituto Nacional de la Familia y la Mujer
Fue durante
la década de los sesenta que la Comisión de la Condición
Jurídica y Social de la Mujer de Naciones Unidas recomendó
a los gobiernos que crearan "mecanismos nacionales de políticas
para el avance de las mujeres", y en 1986 las conclusiones de la
Conferencia Latinoamericana sobre Mujer, Población y Desarrollo,
convocada por el Programa de Naciones Unidas por el Desarrollo (PNUD),
también incluían una recomendación parecida (párrafo
11). En la región los primeros mecanis-mos institucionales responsables
de formular y coordinar políticas públicas en pos de la
equidad de género empiezan a aparecer en la segunda mitad de los
ochenta y principios de los noventa: en Brasil se crea el Consejo Nacional
de los Derechos de la Mujer en 1985; en Argentina la Subsecretaría
de la Mujer es creada por el gobierno de Alfonsín en 1987; y en
1991, bajo el primer gobierno de la Concertación, se crea en Chile
el Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM).
A nivel nacional,
desde la transición a la democracia, el movimiento de mujeres había
incluido entre sus reivindicaciones la demanda de que el estado uruguayo
dé los pasos necesarios para incorporar una perspectiva de género
en las políticas públicas. En 1986 una diputada suplente
del Partido Nacional presentó un proyecto de ley que proponía
la creación de una Comisión Nacional Asesora Honoraria para
la Condición de la Mujer para realizar investigaciones, diseñar
y promover políticas de género, asesorar a otros organismos
estatales, monitorear la implementación de las leyes y recibir
denuncias, en coordinación con organizaciones sociales de mujeres
(Proyecto de Ley CRR145 0/86, Diario de Sesiones de la Cámara de
Representantes, no. 1897, 3 sep. 1986, págs 61-2). Como resultado
de tales presiones internacionales e internas, y en un momento en que
una mujer, Adela Reta del Partido Colorado, ocupaba la cartera del Ministerio
de Educación y Cultura (MEC), se creó el 5 de mayo de 1987,
por decreto 226/87 del Poder Ejecutivo, dentro de la órbita de
ese mismo ministerio, el original mecanismo nacional en el Uruguay: el
Instituto Nacional de la Mujer. Según el decreto, el Instituto
tenía tres objetivos principales, que definían su trabajo
como analítico, consultivo y propositivo:
a) hacer
un diagnóstico de la situación de la mujer en el Uruguay;
b) propiciar las reformas legislativas u otro tipo de políticas
de acción, necesarias para lograr la efectiva participación
de la mujer en la sociedad así como en la toma de decisiones políticas;
c) proponer las medidas necesarias para ejecutar las decisiones adoptadas
por la Conferencia "Mujer, Población y Desarrollo".
Es decir, el Instituto original no fue pensado como ejecutor de políticas
públicas, sino que se concibió como el órgano rector
y coordinador de políticas de la mujer a implementar por otros
organismos del estado.
Este rol
se reflejaba en su estructura interna, que consistió en una comisión
interministerial, integrada por delegados del MEC, el Ministerio de Salud
Pública (MSP), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS),
el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), el Consejo
del Niño (ahora el Instituto Nacional del Menor, INAME), el Instituto
Nacional de Colonización (INC), y el Congreso de Intendentes. El
decreto fundacional del Instituto también especificó que
la integraran dos repre-sentantes de organizaciones de la sociedad civil.
Sin embargo, la designación de las mismas se complicó por
el hecho de que tanto organizaciones sociales como co-misiones de mujeres
de los partidos políticos asistieron a la reunión convocada
por la Ministra de Educación para determinar quiénes representarían
a la sociedad civil. Las organizaciones de mujeres consideraban que la
repre-sentación les correspondía a ellas, mientras que las
políticas argumentaron que ellas también representaban sectores
importantes de la población femenina. Al final la decisión
fue dejada en manos de la Ministra Reta, quien nombró al Grupo
de Estudios sobre la Condición de la Mujer en el Uruguay (GRECMU)
y el Consejo Nacional de Mujeres (CONAMU) por ser las dos ONG con perso-nería
jurídica de más larga trayectoria, cuyo trabajo abarcaba
una amplia gama de actividades en varios niveles.
Al crearse,
el Instituto Nacional de la Mujer carecía de presupuesto propio
y además los cargos de sus inte-grantes eran honorarios. Por consiguiente,
los siete comités temáticos -sobre educación, trabajo,
familia, salud, medios de comunicación, mujeres rurales y legislación-
que se crearon para realizar el primer diag-nóstico dependían
del trabajo no remunerado de gente que en general tenía importantes
compromisos en otros ámbitos, y que por lo tanto tenía poco
tiempo disponible para dedicar al trabajo del Instituto. Al final del
período de gobierno (1989), tras poco más de dos años
de existencia, el Instituto dejó de funcionar.
Durante el
gobierno de Luis Alberto Lacalle (1990-5) el Instituto fue resucitado
en las Leyes de Rendición de Cuentas números 16.226 (artículo
234) de 1991 y 16.320 (artículo 253) de 1992, consolidándose
su estructura jurídica. Se le cambió el nombre, designándolo
Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, y también hubo otros
cambios sustantivos que lo diferenciaban fundamen-talmente de su predecesor.
Por un lado, el Instituto ya no era concebido como una comisión
horizontal, sino como una dependencia de la Dirección General de
Secretaría del MEC. Por otro lado, los cometidos del INFM se ampliaron
para incluir:
A) Promover,
planificar, diseñar, formular, ejecutar y evaluar las políticas
nacionales relativas a la mujer y a la familia;
B) Coordinar y coejecutar con los organismos estatales dichas políticas,
a través de la articulación de acciones y de la capacitación
de los recursos humanos, necesarias para la consecución de sus
cometidos;
C) Asesorar a los organismos estatales, sobre los temas de la mujer y
la familia, tanto a nivel nacional como departamental;
D) Coordinar y supervisar las actividades de sus dependencias;
E) Realizar convenios con los organismos internacionales de cooperación
técnica y financiera, de los cuales el país forma parte.
(Artículo 234 de Ley 16.226 "Rendición de Cuentas y
Balance de Ejecución Presu-puestal", del 29 de octubre de
1991)
Así
que el nuevo Instituto se designó explícitamente como el
organismo rector de políticas públicas de la mujer, pero
a diferencia del anterior Instituto, esta función incluía
el ser ejecutor (cometido A) o coejecutor (cometido B) de esas políticas.
Aunque el nuevo INFM gozaba del estatus de "ejecutor" de políticas
públicas, otra vez no se le asignó un presupuesto propio,
lo cual planteó dudas inmediatas sobre su capacidad de cumplir
con los objetivos fijos. El nuevo instituto mantenía entre sus
objetivos el rol de coordinador intra-estatal, definido como "la
permeación de los ámbitos de decisión política
con una perspectiva de género que se incorpore en todas las acciones
públicas" a través de la "coordinación
intraestatal" (INFM (s. f. ), Informe de Gestión 1992-5, pág.
14). No obstante, internamente el INFM se estructuró vertical y
jerárquicamente, sin ningún comité permanente interministerial.
Tampoco se establecía como requisito en la normativa que lo regía
ningún tipo de mecanismo de participación o diálogo
con organizaciones de la sociedad civil.
Los últimos
cambios a la institucionalidad del organismo tuvieron lugar en la Ley
16.736 de Presupuesto Nacional para 1995-99, el artículo 348 de
la cual le agregó el cometido de "[a]sesorar sobre la forma
de prevenir la violencia sexual y doméstica." Esta misma ley
(artículo 370) también le asignó al Instituto una
partida propia dentro del presupuesto del MEC, de unos 50.000 dólares
anuales, "para atender sus gastos de funcionamiento y contrapartida
nacional en proyectos de cooperación externa". Esta suma se
vio casi duplicada -a un millón ciento sesenta y dos mil pesos
uruguayos- en la Ley 17.296 de Presupuesto Nacional de 2001 (artículo
306), a raíz de la presión ejercida por la llamada "bancada
femenina" del parlamento, una coordinación interpartidaria
de mujeres legisladoras.
Comisión
de la Mujer, Intendencia Municipal de Montevideo
En febrero
de 1991 la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM), controlada por primera
vez por la coalición de izquierda, el Frente Amplio (FA), creó
la Comisión de la Mujer en respuesta a una demanda que surgió
en el taller sobre "Mujeres e Intendencia" en el Primer Foro
sobre Descentralización y Participación Ciudadana, celebrado
en mayo de 1990. A diferencia de las otras tres comisiones sectoriales
de la IMM (Juventud, Tercera Edad y Discapacitados), la Comisión
de la Mujer no formaba parte del organigrama de la IMM y no tenía
ni presidencia, ni oficinas, ni personal. Dos asesoras, nombradas por
el entonces Intendente de Montevideo, Tabaré Vázquez, convocaron
a todas las organizaciones de mujeres de Montevideo a una reunión,
donde a pedido de las mismas se realizó una elección abierta
para elegir a seis integrantes para la Comisión.1 También
participaban en la Comisión delegadas de la Comisión de
Mujeres de la central de trabajadores, el PIT-CNT, y de los departamentos
de Descentralización, de Cultura y de Higiene y Servicios Sociales
de la IMM. En la práctica la Comisión funcionaba en cuatro
grupos de trabajo para elaborar propuestas de políticas. Al haberse
creado después de definido el plan y presupuesto quinquenal del
gobierno municipal, la Comisión de la Mujer carecía de presupuesto
propio y tenía que negociar partidas especiales para proyectos
específicos o canalizar sus propuestas a los departamentos correspondientes
dentro de la IMM para su implementación.
A principios
del segundo período del gobierno departamental frenteamplista,
la Comisión se reestructuró, se ubicó dentro de la
División de Promoción Social del Departamento de Descentralización,
se le asignó un presupuesto, una oficina y personal, y se nombró
como presidenta a Mariela Mazzotti, una asistente social con una trayectoria
de militancia de género en el movimiento de mujeres y en la izquierda.
La participación de las organizaciones de mujeres se mantenía
en una forma más acotada: integraban una comisión asesora,
cuyas funciones eran formular propuestas de políticas y monitorear
su implementación, mientras que la mayor parte de la carga de trabajo
se trasladó al personal de la Comisión. La comisión
asesora participó en la elaboración del Plan Quinquenal
marco de la Comisión de la Mujer, titulado "Igualdad, Descentra-lización
y Poder Ciudadano", para luego reunirse con mucho menos frecuencia,
aunque sí participaron ONG en todos los proyectos que realizó
la Comisión. El plan marco se elaboró según los objetivos
y estrategias del programa de descentralización de la IMM y tenía
tres principales objetivos políticos, pensados para atender, tanto
a intereses prácticos como estratégicos de género:
responder a las necesidades básicas de las mujeres a nivel local,
concientizar a las mujeres con respecto a sus derechos ciudadanos y su
condición de sujetos políticos y promover la responsabilidad
colectiva por la transformación de las relaciones de género.2
El
INFM y la Comisión de la Mujer de la IMM: ¿institucionalidad
de género en el Uruguay?
Dorothy Stetson
y Amy Mazur en su libro Comparative state feminism,3 evalúan el
grado de feminismo de estado -o institucionalidad de género- en
determinados países según dos indicadores: influencia política
y acceso político. El primero refiere a la participación
que tiene el mecanismo para el avance de las mujeres en la elaboración
de políticas de género que busquen mejorar la condición
de las mujeres y/o transformar los modelos vigentes de relaciones de poder
basados en el género; el segundo refiere al grado en que los mecanismos
brindan oportunidades para que los actores de la sociedad civil (específicamente
las organizaciones feministas y de mujeres) incidan en las políticas
de género. Claro está que el rendimiento de los mecanismos
según estas dos variables depende de factores puntuales relacionados
con las gestiones particulares en cada período de gobierno,4 lo
que excede el alcance de este análisis. Pero también depende
de otro tipo de factores, referidos a aspectos permanentes del mecanismo,
como son su rango, estructura interna, sus cometidos, y recursos materiales
(presupuesto y personal) y simbólicos (peso político).
En la Plataforma
de Acción Mundial emanada de la IV Conferencia de Naciones Unidas
sobre la Mujer, celebrada en Beijing in 1995, se especifica (párrafo
201) que "Para lograr un funcionamiento eficaz de los mecanismos
nacionales es preciso que [...o]cupen una posición en las más
altas instancias posibles de gobierno, y que estén bajo la responsabilidad
de un ministro o ministra del gabinete". En Uruguay, lejos de estar
bajo la responsabilidad de un ministro o ministra, el cargo de Dirección
del INFM ni siquiera existe en el organigrama del MEC, y tampoco se cuenta
con la previsión presupuestal correspondiente a ese cargo. El bajo
rango que tiene la Dirección del INFM dificulta y enlentece el
relacionamiento con otras dependencias estatales, dado que toda iniciativa
tiene que pasar por el Ministro de Educación y Cultura, lo que
le resta autonomía y autoridad al Instituto y a su directora. Dado
el bajo rango político y la falta de autonomía del Instituto,
y sumados a sus pocos recursos económicos (ver más abajo),
resulta imposible que el Instituto cumpla con su cometido de ser "ejecutor"
de políticas nacionales de género.
Parte del
problema, sin duda, reside en el hecho de que los cometidos fijados para
el Instituto, según los cuales el Instituto tiene responsabilidad
en las cuatro etapas del proceso de creación de políticas
públicas de género -iniciación, elaboración,
implementación y evaluación-, desbordan por mucho las posibilidades
concretas de acción que tiene según sus recursos materiales
y simbólicos. Frente a las casi infinitas posibilidades de acción
otorgadas formalmente al INFM, éste no ha logrado una definición
acotada y realista de su rol. La falta de concreción del rol específico
del Instituto también se debe al cambio de nombre que sufrió
cuando se creó por segunda vez en 1991. El cambio fue justificado
por la entonces directora, Celina Burmester de Maynard, apelando al argumento
de que la familia es el primer sitio de socialización de género
y que para defender los derechos de las mujeres era por lo tanto necesario
desafiar los supuestos tradicionales acerca del modelo de familia, y modificar
las concepciones vigentes respecto a los límites permisibles de
intervención estatal en ciertas áreas de la vida familiar.
No obstante, en la práctica el cambio de nombre ha tenido dos resultados
más bien negativos en cuanto a la consolidación del Instituto
como un mecanismo para el avance de las mujeres. Primero, implica una
pérdida de especificidad del mecanismo, agregándole responsabilidad
para cubrir otra área temática cuando sus recursos apenas
alcanzaban para cubrir los cometidos respecto a la promoción y
defensa de los derechos de las mujeres. Y segundo tiende a fomentar un
enfoque exclusivo sobre el rol reproductivo de las mujeres, lo que reafirma
los estereotipos tradicionales de género, en vez de superarlos.
Muchas veces
se ha explicado o justificado el bajo rendimiento del INFM argumentando
que su capacidad de acción se ve restringida por la falta de recursos
presupuestarios adecuados. Es cierto que, a pesar del aumento logrado
en 2001, el presupuesto del INFM sigue siendo muy limitado, y además,
el INFM no tiene auto-nomía para ejecutar su partida presupuestal,
sino que la ejecución de la misma corresponde a la dirección
del MEC. También resulta bajo el presupuesto anual del INFM comparado
con las partidas asignadas a sus pares en la región: en 1996 la
partida del INFM equivalía a un 0,001% del PBI per capita, mientras
que en Paraguay represen-taba el 0,72%, en Chile el 0,37%, en Brasil el
0,014% y en Argentina el 0,003%.5
No obstante,
los principales cometidos del INFM, de diseñar, coordinar y evaluar
las políticas públicas, no son actividades que requieran
mucha financiación. El hecho de que el INFM no haya logrado consolidar
canales formales de coordinación y diálogo con el resto
de los ámbitos estatales -además del resto del poder ejecutivo,
los organismos legislativos y judiciales a nivel nacional y departamental,
los entes autónomos y descentralizados y los órganos de
contralor- se debe en parte a la debilidad institucional del INFM. También
es cierto que el Instituto carece de las competencias, capacidad y funciones
necesarias para incidir concretamente en los procesos de formulación
y evaluación de políticas públicas llevados a cabo
por otros actores gubernamentales. Pero también la falta de coordinación
se debe a la poca receptividad de parte de los otros organismos responsables
de políticas públicas, y a la persistencia de una cultura
de desconocimiento y/o resistencia al tema de género en todo el
estado. Esto, sin duda, ha contribuido a que desde 1995 el INFM no haya
logrado promover efectivamente la implementación de las recomendaciones
emanadas de la Conferencia de Beijing, ni elaborar un plan nacional de
igualdad que sirva como un marco transversal para la elaboración
de políticas específicas de género de parte de los
distintos organismos del estado.
Aunque tampoco
le fue asignado un presupuesto a la original Comisión de la Mujer
de la IMM, ésta tuvo un mejor rendimiento debido, primero, al mayor
grado de participación de las organizaciones de mujeres, y segundo,
al mejor relacionamiento que tuvo con los otros departamentos de la IMM.
Aunque la dedicación voluntaria de parte de las organizaciones
de mujeres contribuyó al éxito de la Comisión, esta
modalidad de trabajo también trajo sus dificultades. Por un lado,
la Comisión empezó a funcionar en un momento en que muchas
de las organizaciones de mujeres participantes iniciaban lo que Sonia
Alvarez ha llamado un proceso de "ONGeización",6 lo que
restringía el tiempo del que disponían sus delegadas para
dedicar a la Comisión. Por consiguiente, ésta se reunía
con cada vez menos frecuencia y resultó difícil lograr una
acumulación consistente en su trabajo. Por otro lado, la dependencia
de un mecanismo estatal del trabajo honorario de las organizaciones de
mujeres es en sí problemática, por lo que implica para la
relación estado-sociedad civil, respecto a los temas de autonomía
y cooptación, y el reconocimiento y el valor otorgados a los conocimientos
y experiencia acumulados desde el movimiento.
En general,
la evaluación que se hace de la articulación con la Comisión
de la Mujer de la IMM desde el movimiento de mujeres es que ha sido un
proceso más transparente que la articulación con el INFM.
De hecho, en el caso de este último, desde que se refundó
en 1991, no existe ningún mecanismo institucional permanente que
asegure la participación de las organizaciones no gubernamen-tales
en la planificación, implementación y seguimiento de sus
acciones. Por otro lado, se han expresado algunas críticas acerca
de la relación entre la Comisión de la Mujer de la IMM y
el movimiento de mujeres, en particular que la relación ha dependido
más de vínculos personales que de mecanismos claramente
definidos de cooperación y accountability. Además, la transformación
de la Comisión en un comité asesor, a pesar de resolver
los problemas relacionados con su producción y rendimiento, a la
vez debilitó el vínculo que tenía con el movimiento.
La autonomía
del movimiento respecto a la definición de los parámetros
de su relación con la Comisión de la Mujer también
se ha visto coartada por los requerimientos burocráticos relativos
al estatus legal de las organizaciones con las cuales la IMM pueda firmar
convenios.
Conclusiones
En términos
generales, se puede afirmar que la permanencia institucional que se consiguió
con la refundación del INFM en 1991 no se ha traducido en su consolidación
ni en su fortalecimiento. La ubicación del INFM dentro del organigrama
del estado uruguayo sigue siendo marginal y sus competencias inadecuadas,
lo que lo debilita, acotando seriamente sus posibilidades de incidir efectivamente
en la agenda política nacional y de cumplir con sus cometidos.
No es de extrañar, entonces, que su existencia tampoco haya conllevado
la institucionalización de políticas de género, ni
mucho menos la transversalización de una perspectiva de género
en todo el estado. En cambio, en el caso de la Comisión de la Mujer
de la IMM, la mejor inserción de la misma en el organigrama del
gobierno departamental y su relación más estrecha con el
movimiento de mujeres le han permitido un mejor rendimiento, aunque no
sin dificultades, algunas de las cuales siguen pendientes.
Notas
1 Las organizaciones
de las que se designaron representantes fueron: Plenario de Mujeres Uruguayas
(PLEMUU), Casa de la Mujer de La Unión, Mujer Ahora, Cotidiano
Mujer, GRECMU e Instituto Mujer y Sociedad (IMS).
2 Mariella
Mazzotti, 'Aportes para la formulación de políticas municipales
de género', ponencia presentada en el seminario 'Género
y familia: Políticas sociales', organizado por la Red Género
y Familia y el INFM (Montevideo, octubre de 1996), pág. 2.
3 Dorothy
McBride Stetson y Amy G Mazur (editoras) (1995), Comparative state feminism,
Londres: Sage Publications.
4 Las directoras
del INFM han sido: Diosma Piotti (1987-89); Celina Burmester de Maynard
(1991-1994); Alba Osores de Lanza (1995-1999); Raquel Trobo (2000-2001);
Ana María Balparda (2002-presente).
5 Margarita
Percovich y Rosario Aguirre (1996), Los Desafíos después
de Beijing en los Países del MERCOSUR, Montevideo: FESUR, pág.
10.
6 Sonia E
Alvarez (1999), 'Latin American feminisms "go global": Trends
of the 1990s and challenges for the new millennium', en Sonia E. Alvarez,
Evelina Dagnino y Arturo Escobar (editores), Cultures of Politics / Politics
of Cultures, Boulder, Col.: Westview Press.
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