Ha trascendido que la empresa COME rechaza la contratación del personal femenino para el trabajo directo en el transporte. No es la única empresa de transporte que sigue manteniendo como coto masculino, conducir y cobrar boletos.
Esta situación es una violación flagrante de las leyes nacionales y acuerdos internacionales con relación a la igualdad de género en el mundo laboral.
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, la Ley 16063 que recoge los Convenios internacionales de Trabajo N° 100, N°111 y N°156, en la Ley 16045 de la OIT establecen como pauta básica, la prohibición de toda discriminación que viole el principio de igualdad de trato y oportunidades para ambos sexos en cualquier sector.
Es simplemente INJUSTO E ILEGAL que una empresa decida de forma arbitraria, machista y discriminatoria prohibir a las mujeres el acceso a puestos de trabajo basándose únicamente en una condición: la de ser mujer. La empresa COME forma parte del sistema de transporte público y está obligada por tanto a modificar sus prácticas discriminatorias Exigimos: se respete el derecho de las mujeres, se garanticen yse hagan efectivas las políticas que impidan este tipo de prácticas que tienen como único objetivo perpetuar el sistema patriarcal que pretende subordinar e invisibilizar el aporte de las mujeres al mercado laboral.
Colectiva Mujeres
Cotidiano Mujer
Mujeres en el Horno
Ovejas Negras
Montevideo, 19 de diciembre de 2015