Uruguay logra el consenso de la Suprema Corte de Justicia que dio respuesta a la petición de organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres en cuanto a la aplicación de la ley 17.514 de violencia doméstica.
Tras una espera de 170 días, los posicionamientos presentados fueron contestados de forma positiva por los ministros, que consideraron «adecuado brindar mayor protección y asistencia a quienes se encuentran en situación permanente o transitoria de mayor debilidad», mediante documento oficial, «conforme a las directrices trazadas por la Constitución Nacional (arts. 7, 8 y 40 a 43 C.N.)».
En la práctica, la acción consiste en una herramienta para evitar prácticas arbitrarias de jueces, observadas en casos de atención a mujeres víctimas de violencia en sus hogares y a sus hijos e hijas. Entre las normativas detalladas en la respuesta oficial de la Suprema Corte, está el cumplimiento de la «prohibición de confrontación o comparecimiento conjunto de la víctima y el agresor dentro de las sedes judiciales o en ocasión de las pericias».
Después de la aprobación de la ley de violencia doméstica, en 2002, aún era común que víctimas se encontraran en situación de vulnerabilidad, obligadas a comparecer frente a sus agresores durante los juicios. «Esto representa un hecho histórico para las organizaciones, porque es la primera vez que se presenta una acción de petición de este tipo y para el poder judicial, porque le permite estar a altura que requiere la temática de los derechos humanos», conmemoró Marina Morelli, abogada de la ONG Mujer Ahora, impulsora de la acción en junio de este año junto a Cotidiano Mujer y otras más de 100 organizaciones que también firmaron la petición.
La Suprema Corte de Justicia uruguaya se pronunció en la semana marcada por el día internacional contra la violencia a la mujer (25 de noviembre).
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