Recomendaciones de la CEDAW al Estado Uruguayo

El Comité CEDAW (Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer) examinó  la situación de los derechos de la mujer en Uruguay en la sesión del pasado 14 de julio, en Ginebra. A raíz de la sesión y los informes presentados tanto por el Estado uruguayo como por las Organizaciones Sociales, el Comité integrado por 23 expertas/os  independientes emitió recomendaciones para el país, en los temas que revisten mayor preocupación.

Principales motivos de preocupación y recomendación

Parlamento

El Comité subraya el papel crucial de la rama legislativa en garantizar la plena aplicación de la Convención (véase la declaración del Comité sobre su relación con los parlamentarios, adoptada en la 45ª sesiones, en 2010). Se invita al Parlamento, de conformidad con su mandato a  tomar  las medidas necesarias en relación con la implementación de las presentes observaciones finales entre ahora y la próxima presentación de informes de la Convención.

Mujeres afrodescendientes

El Comité recomienda que el Estado Parte adopte medidas  antidiscriminatorias  en favor de las mujeres  afrodescendientes comoestablecido por la Ley Nº 19.122 y el Decreto Nº 144/014: ( )

Marco legislativo y visibilidad de la Convención

El acceso a la justicia y los recursos
Algunas de las reomendaciones realizadas a Uruguay son:

a) analizar y  simplificar los procedimientosde  los Juzgados de Familia Especializados para que  las mujeres que buscan la protección judicial –  principalmente en los casos de violencia de género-  encuentren  recursos directos   y agilizar la comunicación entre sus  reclamos y los órganos judiciales;

(B) Ampliar la cobertura de los tribunales de familia especializados en todo elterritorio del Estado Parte, en particular en las zonas rurales y fronterizas, yasegurar  programas continuos de capacitación para hacer cumplir la ley incluidos los jueces y los fiscales sobre los derechos humanos de las mujeres e igualdad de género;

(c) Diseño de reparaciones efectivas para las mujeres que se han enfrentado a discriminación por motivos de sexo y género, incluidas las quejasante las autoridades administrativas y cuasi-judiciales;

(D) Asegurar que una asistencia legal sea provista a toda mujer que busca  justicia en caso violaciones de sus derechos humanos;

(E) Establecer un mecanismo para recopilar información acerca de la jurisprudenciaen todos los niveles del sistema judicial, con el objetivo de examinar las normativas eficacesdel cumplimiento de las quejas presentadas por mujeres, en particularen relación con la violencia y otras formas de discriminación, y

(F) Asegurar que en la Institución Nacional de Derechos Humanos y laOficina del Defensor del Vecino se disponga de recursos técnicos yrecursos financieros que les permitan cumplir con eficacia sus mandatos.

Mecanismo Nacional para el adelanto de las mujeres ()

Estereotipos y prácticas discriminatorias ()

Violencia basada en Género contra las mujeres

Recomendaciones:
(a) Implementar adecuadamente fondos para  financiar las estrategias a nivel nacional yprogramas para prevenir y combatir la violencia doméstica contra las mujeres,incluyendo la concientización de  la naturaleza criminal de violencia contralas mujeres, y acelerar la reforma del Código Penal y de la adopción de unaley integral de violencia contra las mujeres asegurando que la reforma legislativa  reconozca el feminicidio  y la violación marital  como delito;

(b) Retirar las disposiciones del Código Penal que incorporanconceptos patriarcales de «comportamiento honesto», «virtud» y «escándalo público»como elementos de los delitos que afectan a las mujeres;

(c) Diseñar una estrategia para simplificar el proceso penal porpersecución  de violencia basada en género como un asunto de prioridad y establecerplazos razonables para fundamentar casos para juzgar a los responsables, y proporcionar directrices para los fiscalesy agentes de policía sobre las cuestiones de género y técnicas de investigación así como el uso adecuado de los casos de mujeres que testimonian casos de violencia contralas mujeres y las niñas;

(d) Implementar un sistema nacional para la completarecopilación de información sobre todas las formas de violencia contra la mujer;

(e) Asegurar que se da una real prioridad a los procedimientos  civiles y penales  por sobre la mediación u otra solución alternativa de conflictos; y

(f) Establecer los mecanismos de seguimiento para evaluar laaccesibilidad a los servicios de protección y asistencia para las víctimas de motivos de génerola violencia, en particular para los grupos desfavorecidos de mujeres, como los afrodescendientes,  las mujeres con discapacidad, y refugiados, en búsqueda de asilo y las migrantes.

La violencia contra las mujeres durante el derégimen de facto

El Comité recuerda su Recomendación general Nº 30 (2013) sobrelas mujeres en la prevención de conflictos, el conflicto y y situaciones de post-conflicto y recomienda que el Estado Parte adopte una estrategia para procesary castigar adecuadamente a los autores de violaciones de derechos humanos contra las mujeres durante el régimen de facto. También recomienda que el Estado tome medidas para  proporcionar una pronta reparación, incluida la indemnización,  la reparación simbólica a las mujeres víctimas de tales violaciones.

Trata y explotación de la prostitución
Recomendaciones:

(a) Adoptar un marco nacional más amplio de lucha contrala trata de mujeres y niñas; y

(b) Establecer un sistema de recogida de datos sobre la trata de mujeresy niñas, desglosados ​​por edad, origen étnico y socioeconómico, condición que permite la identificación de lagunas en el marco nacionalpara combatir la trata, y continuar los esfuerzos para prevenir y perseguirel tráfico y para fortalecer la colaboración bilateral, regional e internacional , la cooperación para prevenir el tráfico, incluido el intercambio deinformación con otros países de la región y la armonización de los procedimientos legales para enjuiciar a los traficantes.

25. El Comité recomienda que el Estado Parte elabore programas de salida para las mujeres que desean dejar su trabajo, y generar ingresos en otras oportunidades.

Participación en la vida política y pública ()

Nacionalidad y mujeres apátridas ()

Educación

(a) Las estrategias para implementar  medidas  para hacer frente a la elevada tasa deembarazo precoz y los  abandonos de la escuela,con medidas que garanticen la retención en la misma ya facilitar el reingresoen la escuela de las madres jóvenes, incluyendobecas, en particular para las mujeres afrodescendiente y las rurales y niñas y mujeres que viven en zonas urbanas desfavorecidas, con la supervisión activaa través de la educación terciaria;

(b) intensificar las actividades de orientación profesional para alentar a las mujeres aperseguir una carrera no tradicional y aumentar la conciencia sobre el género y la igualdad por parte del personal docente en todos los niveles de la educación;

(c) Promover acciones específicas, incluyendo medidas de  carácter temporalpara mejorar la representación de las mujeres en la toma de decisiones para aumentar el número de profesoras en  las universidades;

(d) Desarrollar campañas nacionales para promover  inscripciones al sistema de seguridad social psor los empleadores de las empleadas domésticas y de cuidado para crear una conciencia;

(e) Dar prioridad a las medidas para facilitar el acceso a la educación de mujeres afrodescendientes, incluyendo la asignación de cuotas en la universidad, con seguimiento periódico de los avances.

 

Salud

 (a) Evaluar la disponibilidad nacional de los servicios de salud sexual y reproductivacon el fin de identificar los departamentos  y municipios desatendidosy garantizar una financiación adecuada;

(b) Tomar medidas para asegurar que las mujeres tengan acceso al aborto legal y a los  servicios post abortoe introducir la justificación más estricta de los requisitos para prevenir que  los médicos en  suderecho a la objeción de conciencia a realizar un aborto dejen plazas vacías; y

(c) Introducir en edad apropiada una educación sexual y de salud reproductiva y garantizar un acceso asequible a servicios de asesoramiento e información sobre los derechos sexuales y reproductivos de las y los  adolescentes y hacer campañas sobre anticonceptivos modernosmétodos y aumentar el acceso a los anticonceptivos seguros y asequibles.

Las mujeres rurales()

Grupos de Mujeres desfavorecidas

Las mujeres refugiadas y apátridas

Las mujeres con discapacidad

Las mujeres detenidas

Matrimonio y  relaciones familiares

RECOMENDACIONESGENERALES:

Declaración de Beijing y la Plataforma de Acción

46. ​​El Comité insta al Estado parte a utilizar el Beijing la Declaración y Plataforma de Acción en sus esfuerzos para aplicar las disposiciones de la Convención.

2030 Agenda para el Desarrollo Sostenible

47. El Comité insta a la realización de equidad de género que sea  sustantiva  en  conformidad con las disposiciones de la Convención,durante todo el proceso de implementación de la Agenda 2030 paraDesarrollo sostenible.

Diseminación

48. El Comité pide al Estado Parte que garantice la oportunadifusión de las presentes observaciones finales, en el diario oficialidioma (s) del Estado Parte, a las instituciones estatales pertinentes a todos los  niveles (nacional, regional, local), en particular, al Gobierno, laministerios, el Parlamento y al poder judicial, para permitir su plena implementación.

Seguimiento de  las observaciones finales

49. El Comité pide al Estado Parte que, en el plazo de dos años tenga una información escrita sobre las medidas adoptadas para aplicar larecomendaciones contenidas en los párrafos 19 (a) y (f) y 31 (a) y(C) anterior.

Preparación del próximo informe

50. El Comité invita al Estado parte a que presente su décimo informe periódico en julio del año 2020.

51. El Comité pide al Estado Parte a seguir las directrices sobre la presentación de informes en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos,incluyendo directrices sobre un documento básico común y un documento específico documentos (HRI / GEN / 2 / Rev.6, cap. I).

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